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Artículos 6º a 12º del Estatuto

El Estatuto establece los requisitos que se deben reunir para revistar como afiliado del Servicio de Obra Social de la Universidad Nacional del Sur. La incorporación a las categorías a que hacen referencia los incisos c), d), e), f) y g) se debe solicitar antes de transcurrir 30 días de estar en condiciones de hacerlo.

  1. Titulares: Agentes de la Universidad Nacional del Sur y del Servicio de Obra Social que estén en actividad, permanentes o transitorios, incluso contratados.
  2. Familiares del Titular
  3. Agentes en uso de licencia sin goce de haberes.
  4. Agentes que cesan en su relación de dependencia, con una antigüedad no inferior a seis meses.
  5. Miembros del Personal docente que al cumplir 65 años renuncian a la Universidad Nacional del Sur pero siguen cumpliendo funciones en otro Organismo.
  6. Jubilados.
  7. Familiares de Afiliados fallecidos.
  8. Empleados del Departamento de Complementación de la UNS.
  9. Empleados de la Fundación de la UNS.
  10. Becarios y Pasantes
  11. Integrantes del Coro de la Universidad Nacional del Sur